Mujer y discapacidad: múltiples formas de discriminación

En la actualidad, la violencia de género es un fenómeno que, desgraciadamente, nos acompaña a diario. Se trata de un problema estructural que sufren mujeres de todo el planeta y que constituye una de las mayores violaciones de derechos humanos que existen en la actualidad. Atendiendo a datos suministrados por ONU Mujeres, el 35% de las mujeres ha sufrido violencia física y/o sexual en algún momento de su vida; además hay que tener en cuenta que alrededor de ciento treinta y siete mujeres y/o niñas son asesinadas por su pareja o por un familiar cada día.

Si este fenómeno ya resulta de por sí sangrante, no podemos olvidarnos cómo afecta a las mujeres con discapacidad; en efecto, desde distintos foros se viene insistiendo en que frente a la violencia de género, las mujeres con discapacidad padecen una doble discriminación. Esta situación se encuentra mencionada explícitamente en el artículo seis de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, donde se establece el reconocimiento expreso de múltiples formas de discriminación que sufren las mujeres y las niñas con discapacidad, disponiéndose al efecto la adopción de medidas para asegurar el disfrute pleno y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Del mismo modo, se insta a los Estados parte de la Convención a articular políticas que aseguren el desarrollo, adelanto y potenciación de la mujer.

En este sentido, según un informe elaborado por el Parlamento Europeo, casi el 80 % de las mujeres con discapacidad es víctima de violencia y tiene un riesgo cuatro veces mayor que el resto de las mujeres de sufrir violencia sexual. Abundando en ello, hay estudios[1] que indican que las mujeres con discapacidad tienen mayor riesgo a la hora de sufrir actos violentos, debido a su mayor vulnerabilidad, a sus dificultades para denunciar los hechos y para acceder a lugares de ayuda para mujeres víctimas de violencia de género, además del aislamiento social y de la dependencia económica que presentan por falta de oportunidades para acceder al empleo.

Así pues, es necesaria la inclusión de esta variable, ya que es frecuente que, en los programas de lucha contra la violencia de género, no se tenga en cuenta a las mujeres y niñas con discapacidad; del mismo modo, los programas de promoción de los derechos de las personas con discapacidad deben también incluir la perspectiva de género.

 

Celia López Gil

Línea de Discapacidad y dependencia

Clínica Jurídica de Acción Social

 

[1] Fundación CERMI Mujeres (2021). Informe sobre violencia contra las mujeres con discapacidad a partir de la explotación de los datos de la macroencuesta de violencia contra la mujer 2019 de la DGVG. Ediciones Cinca.